Orden de compra 86821

Información general

Emitido
16/03/2022
151788
Luis Javier Cleves Gonzalez
Luis Javier Cleves Gonzalez
UAE - CATASTRO DISTRITAL
900127768
Prestación de servicios integrales de aseo y cafetería y servicio de fumigación para las instalaciones de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital.
Aseo y Cafetería III
Victor Alonso Torres Poveda
2347600
25/02/2023
La prestación del servicio aseo, cafería, fumigación y suministro de insumos y equipos, objeto de las órdenes de compra, se realizará en la Carrera 30 No. 25 - 90, Piso 11 y 12 de la torre A, Piso 2 de la Torre B, Tienda Catastro, Oficina de radicación del Piso 1 de la Torre B, de la ciudad de Bogotá D.C., o la región o regiones en las que la UAECD los requiera, en el marco de la prestación de sus servicios como gestor u operador catastral, conforme a las Regiones de Cobertura, del Acuerdo Marco de Precios CCE-972-AMP-2019.
a) El 0.5% Estampilla Pro-Cultura, tal como lo contempla el artículo 1º del Decreto 479 del 30 de diciembre de 2005: “Responsables del recaudo. Las entidades que conforman el Presupuesto Anual del Distrito Capital de Bogotá serán agentes de retención de las Estampillas "PRO CULTURA", por lo cual descontarán, al momento de los pagos y de los pagos anticipados de los contratos y adiciones que suscriban, el 0.5% por concepto de cada estampilla, del valor pagado,(…).” b) El 2.0 % Estampilla para el Bienestar del Adulto Mayor, tal como lo establece el artículo 149 del Acuerdo 761 de 2020: ARTÍCULO 3: El Artículo 4 del Acuerdo 188 de 2005 el cual fue modificado por el artículo 67 del Acuerdo 645 de 2016 se mantendrá así: ARTÍCULO 4. Causación. Las entidades que conforman el presupuesto anual de Distrito Capital de Bogotá serán agentes de retención de la “Estampilla para el Bienestar del Adulto Mayor”, por lo cual descontarán, al momento de los pagos y de los pagos anticipados de los contratos y adiciones que suscriban, el dos por ciento (2%) de cada valor pagado, sin incluir el impuesto a las ventas de acuerdo a lo establecido en el artículo 4 de la Ley 1276 de 2009. Parágrafo 1: En el evento en el que el contratista, durante la ejecución del contrato, cambie de número de cuenta o de entidad bancaria, esta situación se deberá informar a través de oficio a la supervisión, anexando a la misma copia de la certificación bancaria donde se deben realizar los pagos subsiguientes. Esta información se deberá remitir por la supervisión a la Subdirección Administrativa y Financiera para las gestiones internas del caso y actualización de la información. El cambio de la cuenta bancaria no requiere de modificación del contrato. c) Aplicación de la Nueva Tarifa del 1.1%: En cumplimiento del artículo Sexto del Acuerdo 696 de 2017, para los contratos suscritos a partir del 29 de diciembre de 2017 y las adiciones en valor realizadas desde la misma fecha, se aplicará la Tarifa del uno punto uno por ciento (1.1%) prevista en su artículo 2°, que ordena: “Artículo Segundo. Sujeto Pasivo, Causación y Tarifa. Todas las personas naturales y jurídicas que suscriban contratos con los organismos y entidades de la Administración Central, los Establecimientos Públicos del Distrito Capital de Bogotá y con la Universidad Distrital deberán pagar a favor de la misma Universidad Distrital y la Universidad Nacional de Colombia sede Bogotá, la Estampilla Universidad Distrital Francisco José de Caldas 50 años, equivalente al uno punto uno por ciento (1.1%) del valor del pago anticipado, si lo hubiere, y de cada cuenta que se le pague al contratista. Parágrafo. Las operaciones de crédito público, las operaciones asimiladas a operaciones de crédito público, las operaciones de manejo de deuda pública y las conexas con las anteriores, que realicen las entidades públicas distritales están excluidas del pago de la estampilla. Igualmente se excluyen de dicho pago los contratos de prestación de servicios suscritos con personas naturales, cuyo valor no supere las 315 Unidades de Valor Tributario – UVT por concepto de honorarios mensuales”.



Dirección

  • Av. Carrera 30 No. 25 - 90, Torre B piso 2
    Bogotá D.C 111311
    Colombia
    A la atención de: Luis Javier Cleves Gonzalez



Proveedor

ASEAR SA ESP
  • Carrera 51c # 12b sur - 66
    Medellín, Antioquia Colombia
+57 (4) 3222278
+57 () 3155452740


Artículos

Noorden descendenteArticuloCantidadUnidadPrecioTotal
1ays03--R11 - Operario de aseo y cafetería Tiempo Completo - 711.26Mes26.934.342,13303.280.692,38
2ays03--R11 - Coordinador de tiempo completo Tiempo Completo - 111.26Mes2.207.052,2724.851.408,56
3ays03--R11 - Bienes de Aseo y Cafetería7.00Unidad4.368.799,1730.581.594,19
4ays03--R11 - Fumigación - 39876.00Metro Cuadrado72.802,62436.815,72
5ays03--R11 - AIU1.00Unidad4.858.423,124.858.423,12
6ays03--R11 - IVA1.00Unidad5.979.598,335.979.598,33
7ays03--R11 - Bienes de Aseo y Cafetería4.00Unidad3.643.588,8814.574.355,52
Total384.562.887,82

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