Modificaciones del Contrato - 10

II. El usuario puede agregar un nuevo artículo a la lista de precios donde deje claro que esta adicionando al contrato.
Tenga en cuenta que:
1. El SECOP II no permite hacer modificaciones de adición que superen el 50% del valor del contrato.
2. Si va a adquirir otro bien o servicio distinto al de los que estaba en la lista, debe agregar un nuevo artículo y detallar el código de naciones unidas, la cantidad, el precio unitario estimado y el precio pactado con el Proveedor.  

Modificaciones del Contrato - 5

A continuación, le explicamos cada una de las modificaciones que puede hacer en el SECOP II.
1. Suspensión del contrato
Con esta modificación el SECOP II detiene la ejecución del contrato. Durante ese periodo únicamente será posible añadir y registrar facturas. 

Modificaciones del Contrato - 3

Al seleccionar la modificación, el SECOP II muestra un mensaje con la pregunta “¿Requiere reconocimiento del proveedor?”. Por defecto la casilla viene seleccionada, es decir que la modificación requiere aprobación del Proveedor. Si usted va a realizar una modificación unilateral, necesariamente debe deseleccionar la casilla. 

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