Orden de compra 68881
Información general
Emitido
11/05/2021
122409
Jayna Naifeth Fajardo Tutistar
Jayna Naifeth Fajardo Tutistar
COMPLEJO CARCELARIO Y PENITENCIARIO DE JAMUNDI
900577346
SUMINISTRO DE ELEMENTOS DE CAMA (COLCHONETAS, ALMOHADAS) PARA LA POBLACIÓN PRIVADA DE LA LIBERTAD DEL COMPLEJO CARCELARIO Y PENITENCIARIO CON ALTA Y MEDINA SEGURIDAD DE JAMUNDI -COJAM.
Material de Intendencia II
MARGARITA MUÑOZ PAZ
5190605
15/06/2021
A. Calidad del producto •Los productos deben cumplir con lo establecido en la norma NTC 2019 para materiales poliméricos celulares flexibles. Espumas de poliuretano para aplicaciones en muebles, colchones y colchonetas y otras. Especificaciones
•Los productos deben cumplir con lo establecido en el boletín técnico de california 117 – 2013, el cual exige que los muebles cumplas con ciertas normas de seguridad contra incendios.
Los productos deben cumplir con lo establecido en la norma técnica colombiana NTC 2335, que establece los requisitos que deben cumplir y los ensayos a los cuales deben someterse los juegos de cama, elaborados con telas de tejido plano.
•Garantizar que los productos sean nuevos, de óptima calidad, de marcas reconocidas y de alta demanda o rotación de producto.
•Garantizar que los productos cumplan con las especificaciones técnicas requeridas en los presentes estudios previos.
•Garantizar, si los elementos presentan fallas o defectos, al momento de entregarlo al Almacén del complejo, deberá reponerlo, dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes a la comunicación del supervisor del contrato, entregando el elemento en el lugar que indique el supervisor, previo registro de ingreso en el almacén y de conformidad con las especificaciones descritas en el presente estudio previo.
•Garantizar que al momento de la entrega de los elementos la fecha de vencimiento de los mismos no debe ser inferior a un año, en los casos que haya lugar a ello.
•Garantizar que los productos a contratar tengan código de barras, en los casos que haya lugar a ello.
•El texto de los empaques de todos los productos deberá figurar con caracteres indelebles, fácilmente legibles y visibles, como mínimo: nombre del producto, el número del registro sanitario, el contenido nominal, el número del lote, fecha de elaboración y las sustancias que impliquen riesgo sanitario
•Los proponentes deben abstenerse de realizar propuestas de productos en empaques materiales sólidos que puedan transformarse manualmente en artefactos peligrosos.
Los productos importados deberán tener la traducción al idioma castellano, sobre el modo de empleo y las precauciones particulares de uso, si las hubiere.
El Complejo de Jamundi se reserva el derecho de realizar evaluaciones a los productos que el oferente seleccionado entrega al establecimiento tomando muestras aleatorias y utilizando para esto laboratorios con infraestructura para dicha evaluación
A. Recursos Físicos •El oferente asumirá los gastos de desplazamiento, manutención, seguros, embalajes, cambios, devoluciones, alojamiento (si lo hubiere) u otros en que se incurra para el desarrollo del presente contrato.
B. Capacidad de instalación, equipos y recurso humano •El futuro contratista que pretenda suministrar los productos contratar, deberá contar con una adecuada infraestructura física, sistemas de almacenamiento, conservación y transporte de los productos bajo estándares de calidad.
•El proponente garantizará la entrega y descargue de los elementos en las instalaciones del Complejo en el área asignada con personal a su cargo (el establecimiento no asignará personal para descargue de elementos.), personal idóneo. Los empleados no tendrán relación laboral alguna con el INPEC, por tanto, es responsabilidad del contratista atender todas las acreencias de orden laboral.
•Entregar los elementos en el tiempo estipulado en el presente documento
•Responder por los hechos que le sean imputables y que pudieran afectar el normal desarrollo del objeto del contrato
•Indemnizar los perjuicios que cause la mora de la entrega de los bienes o el incumplimiento parcial del contrato
•Acatar todas las disposiciones e indicaciones impartidas por el supervisor del contrato con relación a todo lo concerniente con la adquisición efectiva de los bienes.
•Serán de exclusiva responsabilidad del proponente los errores u omisiones en que incurran al indicar los valores en la propuesta, debiendo asumir los mayores costos o perdidas que se deriven de dichos errores y/o omisiones
C. Productos y suministros •Las entregas de los productos adjudicados se deberán suministrar en su totalidad de acorde al cronograma de entrega estipulado por el supervisor asignado.
•La entrega debe ser en las instalaciones del Complejo Carcelario y Penitenciario con Alta y Medina Seguridad de Jamundí; los productos serán recibidos por el Almacenista del Complejo y el contratista debe traer el personal necesario para la entrega de los elementos.
• El proponente deberá presentar en la oferta, la marca de los elementos que está ofertando
Colchonetas con Funda •Medidas: 90 cm de ancho x 1.90 cm de largo x mínimo 13 cm de espesor.
• Espuma en una sola lámina de color rosada.
. Resistencia a la tensión KPA MIN 83
• Elongación: mínimo 120%.
• dureza mínima18.0
• Densidad 24.1 a 27,0 kg/m3.
• Norma de ICONTEC 2019, debidamente certificado por el fabricante, la cual se debe anexar con la propuesta. (Anexar ficha técnica del productor a la propuesta)
• Material de la funda: 100% poliéster – tela colchonera según el clima. ( Anexar certificado del fabricante), con tratamiento antiflama.
• Color de la funda tonos de la gama del azul oscuro.
• Garantía para la espuma mínimo de (05) cinco años a partir de la fecha de entrega
• Funda cerrada con cremallera plástica, por dos lados en forma de “L”
• Cada colchoneta deberá tener en forma visible y objetiva información eficaz, veraz y suficiente sobre: medidas, características esenciales, material, lote de fabricación, condiciones adecuadas de uso y garantía, fabricante, número de la invitación. Establecimiento Carcelario.
• Las colchonetas deben estar empacadas de manera individual en plástico sellado, de tal forma que permitan su fácil cuantificación, conservando su calidad
Almohada • Color de la funda: Camel
• Material de la almohada: espuma en una sola pieza, redondeadas, densidad 20, color blanco, norma técnica 2019 ICONTEC
• Medidas de por lo menos 35x70x8 cm
• Tela: La tela utilizada en la fabricación de la funda para las almohadas puede ser en tejido plano o en tejido de punto por urdiembre compuesta por 65% poliéster y 35% en algodón o 100% poliéster
• Garantia de un año
RETENCIONES EN LA FUENTE A TITULO DE INDUSTRIA Y COMERCIO Realización o ejercicio de todas las actividades industriales, comerciales y de servicios que se ejerzan o realicen dentro de la jurisdicción del Municipio de Jamundí, directa o indirectamente por personas jurídicas, naturales o por sociedades de hecho, ya sea que se cumplan en forma permanente u ocasional, en inmuebles determinados, con establecimiento de comercio o sin ellos.-
RETENCIONES EN LA FUENTE A TITULO DE RENTA Compras Generales (Declarantes) Art 1 Decreto 2418/2013) 27 UVT.
Compras Generales (No Declarantes) Articulo 401 ET. Art. 5, Decreto 1020 de 2014.
Compra de combustible derivados del petróleo Art 2 D.R. 3715/86.
Servicios en general declarantes 4 UVT /Art 1 decreto 3110/2004).
Servicios en general no declarantes (Art. 45 Ley 633/2000) 4 UVT.
CONTRIBUCION POR ESTAMPILLA PRODESARROLLO UNIDAD CENTRAL DEL VALLE - UCEVA La celebración de negocios jurídicos, incluidos los contratos, contratos interadministrativos, convenios de asociación, los contratos concesión, órdenes de prestación de servicios, convenios, sus prórrogas y adiciones, y en general por la suscripción o expedición de actos o documentos en los cuales se hace obligatorio el cobro de las estampillas. Ordenanza 474 del 22 de diciembre de 2017, Art. 331. Circular Externa 412613 del 23 de mayo de 2018.
CONTRIBUCION POR ESTAMPILLA PRODESARROLLO UNIVERSIDAD DEL PACIFICO OMAR BARONA MURILLO La celebración de negocios jurídicos, incluidos los contratos de obra pública y suministro de bienes, de concesión, contratos de prestación de servicios, sus prorrogas y adiciones en el Departamento del Valle del Cauca. Ordenanza 473 de Diciembre 30 de 2017, Art. 10.
Dirección
- 5190605 - 1058
5190605 - 1032
JAMUNDI - VALLE VALLE DEL CAUCA 092
Colombia
A la atención de: FABIAN MARTINEZ CORDOBA
Proveedor
ESPUMAS SANTAFE DE BOGOTA S.A.S. S.A.
- kilometro 1 via Siberia
Bogotá, Bogota
Colombia
+57 (318) 3821108
Artículos
| No | Articulo | Cantidad | Unidad | Precio | Total |
|---|---|---|---|---|---|
| 1 | mdi02--Colchón en espuma de poliuretano NTMD 0081 A6 | 1796.00 | Unidad | 173.816,00 | 312.173.536,00 |
| Total | 312.173.536,00 |








