Orden de compra 135449
Información general
Emitido
28/10/2024
226315
Claudia Marcela Hernández Ordoñez
Claudia Marcela Hernández Ordoñez
FUERZA AEREA COLOMBIANA - BASE AEREA COMANDO FUERZA AEREA
899999102
ADQUISICION DE ESTIBAS PARA EL NIVEL CENTRAL Y GRUPOS AEREOS DE LA FAC.
Grandes Superficies
TE LEGUIZAMON ROJAS CRISTHIAN EDUARDO – Supervisor Principal AT GUTIERREZ CIFUENTES EVELYN– Supervisor Suplente
317 575-9492 TE LEGUIZAMON - 322 800-7067 AT GUTIERREZ
16/12/2024
11. LUGAR Y COORDINACIONES DE ENTREGA: Se realizará una única entrega con los equipos y herramientas así: Para la entrega de equipos de extinción de incendios se realizará en la Base Aérea “BG (H) CAMILO DAZA ÁLVAREZ” donde opera el Comando Aéreo de Transporte Militar - CATAM -, anexo al aeropuerto EL DORADO, en Bogotá D.C, previa coordinación con el Supervisor, quien deberá hacer las coordinaciones pertinentes de transporte y almacenamiento para que ese material ingrese a los respectivos almacenes del Grupo Aéreo del Oriente. ANOTACIÓN GENERAL: Para la entrega de material se debe dar aviso al supervisor con 36 horas de anterioridad a la misma, con los datos completos solicitados en el momento del personal y vehículo; lo anterior en razón que al tratarse de una Unidad Militar Aérea y salvaguardar la seguridad operacional, se debe contar con los permisos necesarios para la obtener la autorización de ingreso a la bodega con acompañamiento del supervisor de cada ITEM del proceso. NOTA: En caso de adquisición de bienes se debe exigir al Proveedor Seleccionado en la adjudicación la entrega del “ANEXO FORMATO REPORTE INFORMACION CLAUSULA DE CATALOGACION” Acorde con lo indicado y en cumplimiento de la Directiva Permanente 34/2018 “Lineamientos y directrices para los Escalones de Catalogación y la utilización del Sistema OTAN de Catalogación en las unidades ejecutoras del Ministerio de Defensa Nacional y la Policía Nacional”, el contratista proporcionará, dentro del plazo de ejecución establecido en el EDP, la documentación técnica y de gestión requerida para la identificación inequívoca de los bienes objeto del contrato así: Información del Fabricante: datos básicos y adjuntar cámara de comercio o equivalente en país origen del artículo. Información del artículo: Ficha Técnica, nombre asignado por el fabricante, número de parte, referencia o modelo, vida útil, condiciones de transporte, embalaje y almacenamiento, así como regulaciones al término de vida útil del artículo. (FAVOR REVISAR EL EDP) De acuerdo con lo establecido en la Directiva Presidencial 9 de 2020 y en concordancia con los lineamientos emitidos por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, todos los proveedores obligados a facturar electrónicamente a las entidades que hacen parte del Presupuesto General de la Nación, deberán registrar el siguiente correo: siifnacion.facturaelectronica@minhacienda.gov.co, como receptor único de las facturas emitidas a nombre de éstas, con el fin de que las envíen automáticamente, junto con el contenedor electrónico -Documento zip (PDF, XML), para efectuar la correspondiente validación ante la DIAN.
En Colombia existen impuestos a nivel nacional y regional. Los impuestos de carácter nacional aplican para todas las personas naturales o jurídicas residentes en el país y los impuestos de carácter regional son determinados por cada departamento o municipio conforme los parámetros fijados por la Ley.
Se aplicarán los impuestos, tasas y contribuciones, así como los demás costos tributarios y de cualquier otra naturaleza que conlleve la celebración del contrato estipuladas en la normatividad colombiana tributaria vigente.
El presente objeto se encuentra gravado a la tasa general del impuesto al valor agregado IVA.
La Dirección Financiera de la Fuerza Aérea Colombiana validará la liquidación de las retenciones correspondientes de conformidad con la normatividad vigente a la fecha de la realización de los pagos al contratista seleccionado.
GRUPO AEREO DE SAN ANDRES
Para la isla de San Andrés NO APLICA EL IVA según ley 47 de 1993, artículo 22 textualmente dice:
“Exclusión de impuesto a las ventas. La exclusión del régimen del impuesto a las ventas se aplicará sobre los siguientes hechos:
a) La venta dentro del territorio del Departamento Archipiélago de bienes producidos en él;
b) Las ventas con destino al territorio del Departamento Archipiélago de bienes producidos o importados en el resto del territorio nacional, lo cual se acreditará con el respectivo conocimiento del embarque o guía aérea;
c) La importación de bienes o servicios al territorio del Departamento Archipiélago, así como su venta dentro del mismo territorio;
d) La prestación de servicios destinados o realizados en el territorio del Departamento Archipiélago.
e) La circulación, operación y venta dentro del departamento archipiélago de los juegos de suerte y azar y las loterías.
GRUPO AEREO DEL AMAZONAS
ARTÍCULO 270. LEY 223 DE 1995
Exclusión de impuesto sobre las ventas en el Departamento del Amazonas.
Sin perjuicio de lo dispuesto en la Ley 191 de 1995, la exclusión del régimen del impuesto sobre las ventas se aplicará sobre los siguientes hechos:
● La venta de bienes realizados dentro del territorio del Departamento del Amazonas.
● La prestación de servicios realizados en el territorio del Departamento del Amazonas.
NOTA: La venta de bienes y la prestación de servicios que se realicen en el resto del territorio colombiano con destino al Departamento del Amazonas, causan el IVA, salvo que se trate de bienes o de servicios calificados expresamente como excluidos”. (Resaltado fuera de texto). Nótese como la exención del IVA se encuentra fundamentada en el elemento territorial, luego la venta de bienes está asociada a su consumo dentro del mismo territorio, en este caso el Departamento del Amazonas. En relación con los bienes adquiridos en el resto del territorio nacional, con destino al departamento del Amazonas, por regla general están gravados con el impuesto sobre las ventas, salvo que por disposición legal se encuentren excluidos del mismo"
La Dirección Financiera de la Fuerza Aérea Colombiana validará la liquidación de las retenciones correspondientes de conformidad con la normatividad vigente a la fecha de la realización de los pagos al contratista seleccionado.
Dirección
- Av. calle 26 #128-00 Aeropuerto El Dorado- puerta 6 CATAM
BOGOTA BOGOTA 10911
Colombia
A la atención de: Claudia Marcela Hernández Ordoñez
Proveedor
PANAMERICANA LIBRERÍA Y PAPELERÍA S.A.
- Cll. 64 No.93-95
Bogotá, Cundinamarca
Colombia
+57 (1) 2916900
+57 (310) 272 1223
Artículos
| No | Articulo | Cantidad | Unidad | Precio | Total |
|---|---|---|---|---|---|
| 1 | GSF01-ESTIBA PARA ALMACENAMIENTO ER-100-R3-4E cod: 900505346 | 147.00 | Unidad | 525.980,00 | 77.319.060,00 |
| Total | 77.319.060,00 |
Modificaciones
Creado: 2025-02-07 10:21
Documento comprobante: Creado: 2024-12-06 11:47
Documento comprobante: Creado: 2024-11-12 15:01
Documento comprobante: Creado: 2024-10-29 16:18
Documento comprobante: Documentos adicionales
11/07/2024 - 09:24
| Adjunto | Tamaño |
|---|---|
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| 101.07 KB | |
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| 634.04 KB | |
| 101.08 KB |
11/15/2024 - 14:52
| Adjunto | Tamaño |
|---|---|
| 1.38 MB |
02/07/2025 - 10:20
| Adjunto | Tamaño |
|---|---|
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| 3.12 MB | |
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