Orden de compra 132484
Información general
Emitido
28/08/2024
210481
Eder Toro Rivera
Eder Toro Rivera
ANTIOQUIA-INSTITUCION UNIVERSITARIA DE ENVIGADO
811000278
La Institución Universitaria de Envigado
actualmente cuenta con la necesidad de atender a las madres gestantes - lactantes y cumplir con la legislación vigente con respecto a la Ley 1823 de 2017 y Resolución 2423 DE 2018 “Por la cual se establecen los parámetros técnicos para la operación de la estrategia Salas Amigas de la Familia Lactante del Entorno Laboral.
Grandes Superficies
Carlos Mario Giraldo
3391010 Ext 1203
27/09/2024
Los bienes deben ser entregados en la Institución Universitaria de Envigado Carrera 27 B No.39 A sur – 57, del Municipio de Envigado, en la oficina de Talento Humano.
IMPUESTO DE INDUSTRIA Y COMERCIO, según lo contemplado en los artículos 152, 153 y 154 del Acuerdo Municipal 052 del 22 de diciembre de 2017 (Estatuto Tributario Municipal). Las
tarifas se establecen en el acuerdo según la actividad del proponente y se encuentran contempladas en el Título 3, Capítulo III, Artículo 138.
PARÁGRAFO: Cuando se modifique la cuantía de un contrato sobre el cual se hubiere pagado impuesto de Industria y Comercio, y la modificación implique un mayor valor del contrato original, se deberá pagar el impuesto sobre la diferencia y estampillas.
Las empresas que tributan en el Municipio de Envigado solo deberán aportar la copia del comprobante de pago donde se demuestre que se encuentra al día por este concepto.
ESTAMPILLA DEL ADULTO MAYOR: El proveedor se encuentra obligado a pagar este gravamen. Está contemplada en el Acuerdo Municipal 052 del 22 de diciembre de 2017, el cual establece el cobro de la Estampilla para el Bienestar del Adulto Mayor, equivalente al 2% del valor del contrato antes de IVA y de todas sus modificaciones, ampliaciones el cual deberá acercarse al múltiplo de mil más cercano. Este impuesto se cancela en cada acta de pago por lo que es la Oficina Contable la responsable de hacer la deducción a los contratos que les aplique en la causación de pago del contrato.
ESTAMPILLA PRO-DESARROLLO INSTITUCIÓN UNIVERSITARIA DE ENVIGADO: El proveedor se encuentra obligado a pagar este gravamen. Está contemplada en el Acuerdo Municipal 052 del 22 de diciembre de 2017, mediante el cual se establece el cobro de la estampilla “Pro-desarrollo de la Institución Universitaria de Envigado -IUE-, en todos los contratos que celebre la Institución, con un porcentaje de aplicación de CERO PUNTO CUATRO POR CIENTO (0.4%) del valor del contrato. También se aplicará al valor total de las adiciones, modificaciones y otrosí de todos los contratos celebrados por la Institución Universitaria de Envigado. Este impuesto se cancela en cada acta de pago por lo que es la Oficina Contable la responsable de hacer la deducción a los contratos que les aplique en la causación de pago del contrato.
TASA PRODEPORTE Y RECREACION EN EL MUNICIPIO DE ENVIGADO – ANTIOQUIA: El proveedor se encuentra obligado a pagar este gravamen. Está contemplada en el Acuerdo Municipal 018 del 06 de julio de 2022, equivalente al CERO PUNTO TRES POR CIENTO (0.3%) del valor del contrato antes de IVA, sus prórrogas o adiciones la cual deberá aproximarse al múltiplo de mil más cercano. El valor de la estampilla debe estar incluido en el costo del hecho generador y será pagado al momento de suscribir el contrato, prórroga o adición. Para este caso se debe presentar el comprobante de pago del mismo con la factura.
Se debe liquidar la factura en las taquillas del Municipio de Envigado con la Orden de Compra y pagar en el número de cuenta de ahorros N. 509114542 del banco AV VILLAS registrada a nombre del Encargo Fiduciario para Administración y pagos de la IU de Envigado.
Dirección
- CARRERA 27 B
39 A SUR
ENVIGADO Antioquia 055428
Colombia
A la atención de: EDER TORO RIVERA
Proveedor
FERRICENTROS SAS
- Av caracas 74-25
Bogota, Cundinamarca
Colombia
+57 (1) 6511212
+57 () 3107938526
Artículos
| No | Articulo | Cantidad | Unidad | Precio | Total |
|---|---|---|---|---|---|
| 1 | gsf01 - Silla poltrona Auxiliar Hanna confortableAzul navy/Cuarzo/Platino (Color según disponibilidad o bajo pedido) | 1.00 | Unidad | 1.827.840,00 | 1.827.840,00 |
| 2 | gsf01- CAMBIADOR DE PAÑAL HORIZONTAL | 1.00 | Unidad | 1.827.840,00 | 1.827.840,00 |
| 3 | gsf01-Minibar Challenger gris de 121 Litros Brutos | 1.00 | Unidad | 1.169.900,00 | 1.169.900,00 |
| 4 | gsf01-Mesa de Centro Wema | 1.00 | Unidad | 273.093,00 | 273.093,00 |
| Total | 5.098.673,00 |








