Orden de compra 130094

Información general

Emitido
18/06/2024
219747
Edilberto Pava Cebaillos
Edilberto Pava Cebaillos
TOLIMA-INSTITUTO DE FINANCIAMIENTO PROMOCION Y DESARROLLO DE IBAGUE
890700755
CONTRATAR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO DE TRANSPORTE ESPECIAL DE FUNCIONARIOS PARA LA OPERACIÓN, EJECUCIÓN DE FUNCIONES INSTITUCIONALES Y ACTIVIDADES A CARGO DEL INSTITUTO DE FINANCIAMIENTO, PROMOCIÓN Y DESARROLLO DE IBAGUÉ - INFIBAGUÉ
Transporte Terrestres Especial de Pasajeros II
JORGE ENRIQUE CORREA CARDOZO
3118054136
09/02/2025
N/A
Mediante el Acuerdo N° 001 del 7 de marzo de 2011, modificado por el Acuerdo N° 029 del 27 de diciembre de 2012 el Concejo Municipal de Ibagué reglamentó la estampilla pro cultura en 1.5% del valor total del contrato excluyendo el valor del impuesto al valor agregado IVA. Mediante el Acuerdo N° 003 del 7 de marzo de 2011, modificado por el Acuerdo N° 030 del 27 de diciembre de 2012 el Concejo Municipal de Ibagué reglamentó la estampilla para el bienestar del adulto mayor en 2% del valor total del contrato excluyendo el valor del impuesto al valor agregado IVA. Dichas estampillas según el acuerdo N° 0015 del 27 de diciembre de 2021 el Concejo Municipal de Ibagué en su artículo 285 se causara sobre el pago o abono en cuenta derivada del contrato durante el tiempo de vigencia y su pago se efectuara en las instituciones bancarias autorizadas para ello por la Tesorería del Municipio, sin embargo, el acuerdo N° 001 del 04 de marzo de 2024 el Concejo Municipal de Ibagué modificó el articulo atrás mencionado, estableciendo que el valor de las estampillas se deducirá del valor a cancelar en su primer pago. Por último, el Decreto N° 1000-229 del 12 de marzo de 2024 de la Alcaldía Municipal de Ibagué, reglamentó el procedimiento para el recaudo de las estampillas en el municipio de Ibagué según el acuerdo N° 001 del 04 de marzo de 2024. A través del Acuerdo N° 0017 del 05 de diciembre de 2020 el Concejo Municipal de Ibagué, creo la tasa pro deporte y recreación en el municipio de Ibagué, correspondiente al 2% del valor total del contrato excluyendo el valor del impuesto al valor agregado IVA, en cada cuenta que presente el sujeto pasivo le será retenido el valor de la tasa por el agente recaudador que para estos efectos es el Instituto de Financiamiento, Promoción y Desarrollo de Ibagué — INFIBAGUE.



Dirección

  • CALLE 60 CON CRA 5
    IBAGUÉ Tolima 730001
    Colombia
    A la atención de: Edilberto Pava Cebaillos



Proveedor

UNION TEMPORAL SINERGIA SP
  • CARRERA 3 # 30-130
    Soacha, Cundinamarca
    Colombia


Artículos

Noorden descendenteArticuloCantidadUnidadPrecioTotal
1tra02--Vehículos con motor de combustión interna - Zn: 7 - Seg: Empresarial - Nivel: 2 - Servicio: Pick up doble cabina 4x4 - Und Tiempo: Día Zona Rural - Cant Tiempo: 40 - Pasajeros: 43.00Día9.869.019,8629.607.059,58
2tra02--Vehículos con motor de combustión interna - Zn: 7 - Seg: Empresarial - Nivel: 2 - Servicio: Pick up doble cabina 4x4 - Und Tiempo: Día Zona Urbana - Cant Tiempo: 40 - Pasajeros: 49.00Día9.203.824,0482.834.416,36
3tra02--Vehículos con motor de combustión interna - Zn: 7 - Seg: Empresarial - Nivel: 2 - Servicio: Recargos - Und Tiempo: Adicional por hora extra - Cant Tiempo: 448 - Pasajeros: 4448.00Hora39.460,6917.678.389,12
4tra02--Peajes1.00Unidad0,000,00
Total130.119.865,06

Modificaciones

Creado: 2018-12-10 15:22
Documento comprobante:
PDF icon public://solicitud_de_modificacion_-_orden_de_compra_no_27031_-.pdf

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