¿Si se celebra un contrato o convenio interadministrativo quien debe publicar los documentos expedidos con ocasión de dicho contrato o convenio?

La Entidad Estatal responsable de realizar la publicación del convenio o contrato interadministrativo y los documentos derivados del mismo en el SECOP será la Entidad Estatal contratante. Si no es fácilmente determinable quien es la entidad contratante, la publicación la debe hacer la Entidad Estatal que adelantó el Proceso de Contratación.  

¿Para contratar con el Estado Colombiano es necesario tener la libreta militar?

No, de acuerdo con el artículo 36 de la Ley 48 de 1993 para celebrar contratos con el Estado Colombiano únicamente es necesario que el contratista tenga definida su situación militar. Las Entidades Estatales pueden corroborar y verificar el estado de la situación militar de las personas que deseen celebrar contratos con el Estado por medio de la oficina de la Jefatura de reclutamiento de las Fuerzas Militares de Colombia a través del siguiente link:

¿Cómo hacer parte de un instrumento de agregación de demanda si soy Entidad Estatal?

La Entidad Estatal interesada en hacer parte de un instrumento de agregación de demanda deberá leer el manual del instrumento correspondiente y los Documentos del Proceso, manifestar su interés, tener el certificado de disponibilidad presupuestal correspondiente y colocar la orden de compra respectiva. La Entidad Estatal no debe adelantar un proceso de selección pues este ya fue adelantado por parte de Colombia Compra Eficiente en su nombre y en el nombre de los Compradores públicos.

¿Qué es agregar demanda?

Los instrumentos de agregación de demanda son un mecanismo previsto por la ley para que las Entidades Estatales sumen sus necesidades y actúen en forma coordinada en el mercado para obtener eficiencia en el gasto y un mejor provecho de los recursos públicos.

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