Aprobación de modificaciones al contrato
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Cuando la Entidad Estatal realiza una modificación al contrato debe enviarla primero al Proveedor para su aprobación. En ese momento el contrato adquiere el estado “En modificación”.
Seccion SECOP:
Cuando la Entidad Estatal realiza una modificación al contrato debe enviarla primero al Proveedor para su aprobación. En ese momento el contrato adquiere el estado “En modificación”.